miércoles, 29 de agosto de 2012

Pases triangulados: la justicia le dijo que no a la AFIP



El organismo quería recabar pruebas en clubes y domicilios de representantes y jugadores.
El juez Javier López Biscayart, titular del Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº 1, rechazó  un pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se libren órdenes de allanamientos a clubes y oficinas de representantes, en el marco de la causa por presuntas irregularidades en transferencias de jugadores de fútbol a través de operaciones de “triangulación” de equipos.
El magistrado consideró improcedentes las medidas solicitadas por falta de pruebas, detalles y violación de la Constitución y los procedimientos legales
“Fenecido el plazo que se otorgara al organismo recaudador, la AFIP no solo no aportó la totalidad de la documentación base de su presentación, sino que tampoco efectuó ninguna manifestación tempestiva al respecto. Por el contrario, recién hoy a las 13.18 horas se recibió un escrito con el cual se acompañaron impresiones de pantalla", explica el juez.
López Biscayart sostiene que la AFIP no le acercó la pruebas necesarias para llegar a "la presunción de la comisión de un delito previsto por la ley de Régimen Penal Tributario y Previsional.”
Para el juez, eso no se satisface solamente con "una lista de jugadores que fueron transferidos a clubes del exterior y luego transferidos nuevamente a un club local. La mera verificación de este patrón no puede implicar, per se, que la realidad subyacente sea distinta de la documentada y que todas estas operaciones constituyan hipotéticas maniobras tendientes a ocultar los verdaderos intervinientes en las transacciones, los valores de éstas y sus reales beneficiarios".
"Nótese además que en varios de los casos denunciados ni siquiera se verifica el aludido patrón de triangulación; a saber: en el caso de Guillermo Burdisso, se indica que fue vendido por un club local a otro club local; en el caso de Diego Buonanotte Rende, se indica que fue vendido por un club local a un club del Reino de España (Malaga Club, cuya existencia, por cierto, es de público conocimiento), mas no se menciona que fuera posteriormente transferido algún club local; en los caso de Carlos Matheu y Facundo Roncaglia, se indica que fueron vendidos por clubes argentinos a clubes del exterior y luego transferidos a otros clubes extranjeros; en los casos de Jonathan Santana Ghere y Santiago Vergini, se indica que pasaron de clubes del extranjero a otros clubes fuera del país (Uruguay) y luego a instituciones locales", prosigue el magistrado.
Para el juez López Biscayart, el pedido de la AFIP es inconstitucional: “Si bien las circunstancias fácticas referenciadas por la AFIP pueden resultar sugestivas, ello de ningún modo conduce, sin más, a que la Justicia Penal deba irrumpir en los domicilios de los sujetos que contrataron de tal modo, quebrando así la elemental garantía constitucional de la inviolabilidad del domicilio y de los papeles privados que consagra el artículo 18 de la Constitución de la Nación.”
El magistrado remarca además que la AFIP tampoco le dijo qué es lo que pretende encontrar en los allanamientos: “Tampoco se detallan los elementos cuya obtención se pretende con la producción de las medidas solicitadas, lo que es un requisito insoslayable de la pretensión y que no puede considerarse satisfecho con locuciones tales como ‘a los fines de resguardar los elementos de prueba respectivos’ como se lee en los escritos bajo estudio.”

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